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sobre proceso legal contra coca-cola femsa
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Presunto caso de discriminación en Coca-Cola FEMSA

Comunicado del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Agosto 2005

El dos de mayo pasado, Roberto Mendoza Ralph presentó una queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) por presunta actitud discriminatoria de parte de Coca-Cola FEMSA debido a su preferencia sexual que le llevó a renunciar a dicha empresa el 12 de octubre de 2004.

En su denuncia señaló como presuntos responsables de los actos discriminatorios a Eulalio Cerda Delgadillo, Director Corporativo de Recursos Humanos; a Alejandro Javier Duncan Ancira, Director de Tecnología; a Carlos Enrique Parodi Italiani, Director de Ingeniería y Proyectos y a Oscar Fajardo Escobar, Gerente de Compensaciones.

Con fecha seis de mayo, Mendoza Ralph, ingeniero mecánico y eléctrico por la Universidad Iberoamericana, amplió su queja señalando que ingresó a la multinacional en 1998 como gerente corporativo de Empacotecnia. Su trayectoria ascendente en la firma continúo al ser designado gerente general de Abastecimientos México; cuando la compañía adquirió PANAMCO, en enero de 2003, se le solicitó ser responsable de Abastecimientos para la División Latincentro, con sede en San José de Costa Rica, a donde se trasladó junto con su pareja.

Al llegar a esa nación se le informó que su cargo sería gerente de Abastecimientos y no director, como sus similares de México y Mercosur. Posteriormente, bajo el argumento de que había logrado grandes avances se le pidió retornar a México con el cargo de director de Desarrollo Tecnológico, oferta que fue modificada sustancialmente a su llegada, adjudicándosele el puesto de gerente de Empacotecnia, cargo que aceptó después de saber que no había sido designado director por ser homosexual.

Las actitudes hostiles continuaron hasta el 12 de octubre de 2004, fecha en al cual fue despedido e invitado a firmar su separación respectiva el 15 del mismo mes en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

El 13 de mayo, el CONAPRED emitió la calificación respectiva del caso señalando que, de los hechos planteados por el quejoso, se desprendía un presunto acto de discriminación, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, ya que los directivos de Coca-Cola FEMSA SA de CV, Alejandro Duncan Ancira, Eulalio Cerda Delgadillo, Oscar Fajardo Escobar y Carlos Parodi Italiani, muy probablemente habrían restringido a Mendoza Ralph su permanencia en el empleo "debido a su preferencia sexual, lo que podría anular el ejercicio de sus derechos y su igualdad real de oportunidades y de trato respecto a otros trabajadores".

En la misma fecha, se remitió a los presuntos responsables del acto discriminatorio las respectivas notificaciones de procedimiento conciliatorio, a Eulalio Cerda Delgadillo, Director Corporativo de Recursos Humanos; Alejandro Javier Duncan Ancira, Director de Tecnología; Gregorio Oscar Fajardo Escobar, Gerente Corporativo de Administración de Personal, y Carlos Enrique Parodi Italiani, Director de Ingeniería y Proyectos, así como al Representante Legal de Coca-Cola FEMSA S.A. de C.V.

Los directivos antes mencionados, remitieron comunicaciones de fecha 18 de mayo, en las que manifiestan su negativa a someterse al procedimiento conciliatorio. Argumentaron que "no fui empleador del Ing. Roberto Mendoza Ralph, ni he sido empleado de Coca Cola Femsa, S.A. de C.V." mientras que el Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de esa empresa, José Lavín Castañeda dijo que "Coca-Cola FEMSA, S.A. de C.V. no fue empleador del Ing. Roberto Mendoza Ralph".

En sus comunicaciones, todos ellos consideran innecesario el procedimiento conciliatorio "en virtud de que previamente a esta instancia existió el mutuo consentimiento para dar por terminada la relación de trabajo que lo ligó a diversa empresa, que desembocó con la suscripción de un Convenio de fecha 15 de octubre de 2004" suscrito ante la Junta Especial Número Dieciséis de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en el Distrito Federal por lo que adquirió calidad de cosa juzgada, lo que hace carente de materia cualquier tipo de negociación y, niegan los hechos y las imputaciones formuladas por el quejoso.

El 24 de mayo pasado, se le hizo del conocimiento al quejoso la respuesta de parte de los particulares presuntamente responsables de no someterse al proceso conciliatorio.

El 25 de mayo se dictó el acuerdo correspondiente por el cual se considera este asunto como concluido en virtud de que una de las partes no aceptó someterse al procedimiento conciliatorio, reservándose el derecho de orientar al quejoso ante la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, párrafo segundo de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Con fecha 14 de junio pasado se hizo del conocimiento de los particulares arriba mencionados el respectivo acuerdo de conclusión. En esa misma fecha, el caso se hizo del conocimiento del Director General de Atención a Víctimas del Delito de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, Alfredo Camacho Manrique, a fin de que si el quejoso lo consideraba pertinente, se diera inicio a la correspondiente averiguación previa por hechos probablemente constitutivos de discriminación, pues de conformidad con el artículo 206 del Código Penal para el Distrito Federal constituye un delito.

En conferencia de prensa, celebrada el pasado 29 de agosto, en la sede del CONAPRED, Mendoza responsabilizó de forma directa al Director Corporativo de Recursos Humanos de Coca - Cola FEMSA, Eulalio Cerda Delgadillo, de la discriminación de la cual dijo que fue objeto y que concluyó con su despido; demandó que esa empresa instaure una política de inclusión absoluta similar a la de Coca-Cola Company en los Estados Unidos, que no es discriminatoria, y manifestó que su intención es crear conciencia para que no vuelvan a despedir a nadie más por su preferencia sexual.

Por su parte, el Director General Adjunto de Vinculación, Programas Educativos y Difusión del CONAPRED, José Luis Gutiérrez Espíndola, condenó todo acto discriminatorio por preferencias sexuales y, en particular, la que presuntamente se habría cometido en contra de Mendoza Ralph. Señaló que, en su momento, este organismo "desplegó las acciones a su alcance para atender este caso".

Gutiérrez Espíndola refirió que dado que en el espacio laboral es un ámbito en el cual se presenta de manera recurrente la discriminación, el Consejo exhorta a las empresas a desplegar "políticas antidiscriminatorias de carácter integral, programas de inclusión de la diversidad, así como medidas positivas y compensatorias para los diferentes grupos en condiciones de desventaja social, sin distinciones".

Asimismo indicó que la no discriminación es un asunto que tiene que ver centralmente con la responsabilidad social de las empresas por lo que "están llamadas a desarrollar este sentido de responsabilidad social y a traducirlo en políticas hacia sus proveedores, hacia sus clientes, hacia sus propios empleados y trabajadores, así como hacia la sociedad toda".

Por su parte, Vilma Ramírez Santiago, Directora General de Quejas y Reclamaciones del CONAPRED, indicó que esta institución ha recibido aproximadamente once denuncias de presuntos actos discriminatorios por preferencia sexual pero ninguna contra una empresa de la magnitud de Coca-Cola FEMSA

En su oportunidad, Arturo Díaz Betancourt, representante de las organizaciones que integran la Jornada Mundial contra la Homofobia en México y activista por los derechos de la comunidad gay, lésbico, transgénero y transexual, cuestionó la existencia de una doble moral de parte de Coca - Cola FEMSA que, por una parte, apoya a niños de la calle y a personas con discapacidad y, por otra, ante un tema tan importante de discriminación invisible como es la homosexualidad, lo primero que hace es discriminar.

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